Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio en atención al criterio jurisprudencial No.1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurado por la ciudadana KARILYN DEL MAR BRACHO VALLE en contra del ciudadano EDIXON ENRIQUE ACEVEDO RINCON, identificados ut supra, en consecuencia se DECLARA DISUELTO el vinculo matrimonial que contrajeran en fecha nueve (09) de julio del año 2003, por ante el Registrador Civil de la Parroquia Manuel Dagnino del Municipio Maracaibo Estado Zulia, Acta No. 116, expedida por la referida autoridad.- ASI SE DECIDE.-
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