en consecuencia, por las consideraciones legales analizadas por esta operadora de justicia resulta necesario declarar INADMISIBLE la solicitud de inspección judicial intentada por el abogado en ejercicio ciudadano José Antonio Rodríguez Chirinos, quien es venezolano, mayor de edad, inscrito en el instituto de previsión social del abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 206.652, en su carácter de apoderado judicial de la parte solicitante ciudadano Freddy José Quintero Terán, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-3.274.740.