En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN interpuesta por los ciudadanos JUAN CARLOS RODRÍGUEZ DE LA MATA, BELKIS TERESA CHIRINOS DE REFUNJOL, MIGUEL JOSÉ SILVA CÁCERES, JORGE LUIS BASTIDAS ROSALES, MARTHA CHÁVEZ DE ARGÜELLES en contra de la Empresa PDVSA PETRÓLEO S.A., por motivo de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos. SEGUNDO: Se condena en costas a los ex trabajadores demandantes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Se ordena notificar a la Procuraduría General de la República de lo aquí decidido mediante oficio acompañado de copia certificada de la presente sentencia, de conformidad con lo establecido.....