Este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto la parte demandante en contra de la sentencia de fecha 16 de Abril de 2007, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
2°) SIN LUGAR la demanda que por cobro de diferencia de prestaciones sociales sigue el ciudadano MANUEL RANGEL en contra de la sociedad mercantil PDVSA, PETRÓLEO S.A.
3°) SE CONFIRMA el fallo apelado.
4°) SE CONDENA EN COSTAS a la parte actora, en cuanto al recurso y la demanda, en virtud de lo que establece el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.