INADMSIBLE la acusación privada interpuesta por los ciudadanos ABGS. OMAR ALIRIO SANCHEZ SILVA, LUIS EDUARDO CEBALLOS OLLARVES y ANUAR NAUL SANCHEZ CACIQUE, APODERADOS JUDICIALES de la ciudadana CRICEIDA JOSEFINA LEAL DELGADO, interpuesta en contra de la ciudadana FENG XULING, por la presunta comisión del delito de DIFAMACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, en perjuicio de su representada; de conformidad con lo establecido en el artículo 396 del Código Orgánico Procesal.