Por todo lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con competencia especial para conocer de la Materia de Protección del Niño y del Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y a tenor de lo establecido en el Artículo 242 y 76 Primer Aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los Artículos 4, 5, 8, 30, 365, 366, 373, 521 y 523 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescentes, DECLARA CON LUGAR la demanda de Revisión de Sentencia por Rebaja de Obligación de Manutención formulada por el ciudadano LUIS RAFAEL REYES ÁLVAREZ, en beneficio de su hija, en contra de la ciudadana BALMARYS CAROLINA MÁRQUEZ, todos ampliamente identificados, quedando rebajada la Obligación de Manutención de la siguiente manera: La cantidad de SETECIENTOS VEINTISIETE BOLÍVARES CON VEINTIOCHO CENTIMOS (Bs. 727,28), divididos en dos cuotas quince.....