DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República, administrando justicia por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la sociedad mercantil CONSORCIO PROMOTING, C.A. en contra de la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Zulia en fecha siete (07) de agosto del año 2013.
SEGUNDO: SE DEJA SIN EFECTO LA MEDIDA acordada de suspensión de los efectos de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA dictada por la Inspectoria del Trabajo Dr. Luis Hómez, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, donde inscribe y registra el Sindicato Bolivariano de Trabajadores y Trabajadoras del "CONSORCIO PROMOTING, COMPAÑÍA ANONIMA" (SINBSTRACOPROCEZ), quedando inscrita bajo el Nº 2.632.....