En criterio tejido al hilo de los fundamentos que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SUSPENDIDA la ejecución forzosa del presente procedimiento de PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, incoado por la ciudadana RUTH MARY ACUÑA PINEDA, en contra del ciudadano JOSÉ GREGORIO TORREGROZA FIGUEROA, ya identificados, por un lapso de ciento ochenta (180) días hábiles, contados a partir de la publicación del presente fallo, en consecuencia, de conformidad con el artículo 13 del Decreto-Ley precitado, se ordena la notificación de los ciudadanos RUTH MARY ACUÑA PINEDA, como parte actora, por si o por medio de sus apoderados, los abogados en ejercicio JAVIER CARDOZO RODRÍGUEZ y ELIZABETH MARKARIAN CHAMI, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 34.100 y 39.480, y al ciu.....