Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO DÈCIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION celebrada entre las partes intervinientes en este juicio interpuesto por los ciudadanos JULIO CERVANTES, YESLEIDI ESCOBAR, APOLINAR ROMERO, JHON RICARDO y LUIS SANCHEZ, en contra de la Sociedad Mercantil PURO LOMO, C.A., teniéndose la misma con Autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide.
SEGUNDO: Se declara terminado el proceso y se ordena el archivo del expediente. Publíquese, Regístrese y Déjese copia por secretaria. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los veinte (20) días del mes d.....