declara INADMISIBLE la demanda intentada por el ciudadano LUÍS JOSÉ VELÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.496.362, actuando en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil "ELECTRO SERVICIOS VENEZUELA C.A." inscrita por ante la oficina de Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, según última asamblea extraordinaria de fecha 16 de Octubre de 2.008, bajo el Nro. 49, Tomo A-91, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio EDWIN JOSÉ VELÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 119.159, en contra de la entidad Mercantil AMAZONAS TECH C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 5 de Febrero de 2.004, bajo el Nro. 69, Tomo A-2, por ser contraria a una disposición legal. Así se decide.-