Por todas las consideraciones de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PERECIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Ciudadano Rafael Aguirre, en contra de la sentencia dictada en fecha 28-06-2007 por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Juez Unipersonal N° 2, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 488-A de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatorias en costas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.