PRIMERO: NULIDAD DE OFICIO de la decisión No. 519-2022, dictada en fecha 07 de Septiembre de 2022, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; por existir violación al Debido Proceso y al Principio de Seguridad Jurídica, previstos en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 13, 174, 175, 179 y 180 del Código Orgánico Procesal Penal, y al criterio jurisprudencial establecido por nuestro Máximo Tribunal de la República, en sus Sentencias dictadas por la Sala Constitucional Nros. 2541/02, 3242/02, 1737/03 y 1814/04; quedando nulos los actos procesales posteriores a dicha decisión, dejando vigente la imposición de la MEDIDA de DETENCIÓN PREVENTIVA a los adolescente de actas, de conformidad con lo previsto en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, hasta tanto la legitime el Tribunal .....