DISPOSITIVO
Por los fundamentos amplia y claramente expuestos con anterioridad, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente, EXTINGUIDO el presente proceso de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, incoado por la ciudadana MARISELA AGUILAR ABREU, actuando en su carácter de endosataria en procuración de la Sociedad Mercantil PINTURAS FLAMUKO, DEPOSITO OCCIDENTE, C.A, contra la Sociedad Mercantil ACRILICOS MONTECLARO, C.A, en la persona del ciudadano ROBERTO JOSE AGUILAR RODRIGUEZ , plenamente identificados en actas.
• NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con la normativa estatuida por el legislador venezolano en el artículo 283 del vigente Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y notifíquese al actor.
Déjese copia fotost.....