En atención a lo anterior, observa el Tribunal que en el presente caso - tal como se mencionó anteriormente- si bien la demanda fue estimada, la misma no alcanza el monto exigido para la admisión del Recurso de Casación, ya que la demanda incoada fue estimada en la suma de Cuarenta Mil Bolívares (Bs. 40.000,00), equivalentes a Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro con Cuarenta y Cuatro Unidades Tributarias (444,44 UT), en consecuencia, este Tribunal declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado en fecha 15.10.2014 (f. 74 y 75) por la abogado BLANCA REYES, contra la sentencia definitiva dictada por este juzgado en fecha 08.10.2014. Así se establece.
La Jueza Superior Temporal,
Dra. Jiam Salmen de Contreras
La Secretaria,
Abog. Cecilia Fagundez Paolino
JSDC/cfp
Exp. N° 08629/14