este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO. SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada FERRYVEN, C.A., reenganchar al trabajador JOSÉ LUÍS SALAZAR VELÁSQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.300.903, a su lugar de trabajo, en las mismas condiciones que tenía para la fecha del despido. TERCERO: Se condena a la empresa demandada FERRYVEN, C.A., al pago de los salarios dejados de percibir por el trabajador JOSÉ LUÍS SALAZAR VELÁSQUEZ, los cuales serán calculados por experticia complementaria al fallo, desde la fecha de la notificación practicada en la presente causa a la parte demandada en fecha treinta (30) de septiembre de dos mil once (2011), hasta la fecha de la efectiva reincorporación del trabajador a sus labores habituales, excluyendo sólo el tiempo de la prolongación del proceso po.....