DECRETA: PRIMERO: Seguir la presente causa por los tramites del Procedimiento Ordinario, conforme a los artículos 551 y 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Decreta para el Adolescente imputado (NOMBRE OMITIDO. ART 545 DE LA LOPNNA); la Medida Cautelar menos gravosa, prevista en el articulo 582, literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, relativa a la obligación del adolescente presentarse periódicamente por ante la Oficina de Presentación de imputado, CADA SESENTA (60) DIAS, comenzando a partir del día Viernes Veintidós (22) de Octubre de 2010, en un horario comprendido de 8:30 AM a 03:30 PM, solicitada por el Ministerio Publico y la Defensa Privada; dicha medida se decreta hasta que culmine la investigación en la presente causa; y, en consecuencia este Tribunal HACE CESAR la aprehensión policial del mencionado Adolescente imputado; y, la Libertad Inmediata del mismo, así como la entrega a su Represen.....