en consecuencia este TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: El desistimiento del procedimiento, debido a la no comparecencia del demandante CARLOS ALFONZO DIAZ, ampliamente identificado en actas, y en consecuencia se declara terminado el proceso. Publíquese, Regístrese, Archívese y déjese copia certificada de la presente decisión. Se levantó la presente acta siendo las once y cincuenta minutos de la mañana (11:50 a.m.), la cual firman:
El Juez,
Abog. Edmundo Finol Rincón.
La Presidenta de la Sociedad Mercantil demandada,
Su Abogada Asistente,
La Secretaria,
Abog. Marialejandra Naveda.
EFR/EXP. VP01-L-2010-001897.-