Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
1. DECLARA CON LUGAR la presente demanda por Obligación de Manutención (Obligación Alimentaria) interpuesta por la ciudadana Amelis Andreina Vera Suárez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.187.581, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en relación con el niño y/o adolescente: X, en contra del ciudadano Leonardo Antonio Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.286.206, del mismo domicilio. Así se decide.-
2. FIJA como obligación de manutención mensual para el niños y/o adolescente de autos, el veinte por ciento (20%) del salario integral que devengue mensualmente el ciudadano Leonardo Antonio Díaz, luego .....