Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pieza de medida aperturada en el juicio que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA, fue incoado por la ciudadana ELIZABETH VALECILLO BARCOS, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad N° V-4.152.161, en contra de la sucesión de la ciudadana MINERVA BARCO DE VALECILLO, quien en vida era venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad N° V-1.047.319, conformada por los ciudadanos JOSEFA VALECILLO BARCO y JOSÉ VALECILLO BARCO, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-7.626.272 y V-4.150.964, respectivamente, y en contra de la sucesión de la ciudadana NORAYDA VALECILLOS BARCO, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, .....