DISPOSITIVO
Por los fundamentos ante expuestos, este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda:
• Se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente causa en razón del territorio.
• Declina su conocimiento al Juzgado de Primera Instancia de lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la ciudad de Cabimas.
• Ordena la remisión del presente expediente con oficio.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.- Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.