Ahora bien, por todo lo antes expuesto, se deja sin efecto el auto de fecha 23-05-2.008, que reposa en el cuaderno de medidas, en el que se ordeno decretar la Medida de Secuestro, sobre el inmueble propiedad del demandante, la cual se ejecuto en la fecha acordada tal como se lee en el contenido del acta levantada de fecha 04-08-2008, por el Tribunal comisionado para tal fin, la cual se puede constatar en los folios del 11 al 13, del Cuaderno de Medidas... Y ASI SE DECIDE.-