III.- Por los fundamentos antes expuestos:
Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos JUAN ANTONIO DE BARROS FERRER y ANA ELVIRA DENNIS GALAN DE DE BARROS, plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día tres (03) de Marzo de 1995, por ante el Juzgado Segundo Civil del Municipio de la ciudad de Cienaga , Departamento de Magdalena, Republica de Colombia, la cual fue inserta por ante el Jefe Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Acta Numero 198, del año 1996.-
Dejándose constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron que durante la unión matrimonial procrearon un hijo que lleva por nombre DELKIN DE J.....