Seguidamente el tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente amparada provisionalmente, la posesión de la querellante, ANNI FABIOLA ESCANDELA, titular de la cedula de identidad N° 12.329.247 sobre un inmueble constituido por una vivienda construida sobre una parcela de terreno ejido que pertenece a la municipalidad, ubicado en la calle Max García, Urbanización Libertad, en Ciudad Ojeda en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Linda con propiedad de la ciudadana Ana Correa; SUR: Con propiedad de la ciudadana Brigitt Nava; ESTE: Vía publica, calle Max García; y OESTE: Con propiedad del ciudadano Alexander Bolívar. Siendo las diez y cuarenta minutos de la tarde, se dio por terminado el presente acto. Termino se leyó y conformes firman. Se hacen dos ejemplares a un mismo tenor y a un solo efecto, uno se agrega al despacho de medida y otro se le entr.....