PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda contentiva de OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana YESENIA DEL CARMEN HERRERA BASTIDAS, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V. 19.178.842, domiciliada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, en contra del ciudadano DAVID JOEL DELGADO PINEDA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-17.915.570, y de igual domicilio, en beneficio del niño DEIVID ALEXANDER DELGADO HERRERA. Ahora bien para establecer el monto de la pensión de obligación de manutención este Juez Titular Unipersonal N º 1, atendiendo a la capacidad económica de las partes del presente procedimiento, y a las necesidades de los antes mencionados; fija como pensión de obligación de manutención la cantidad mensual equivalente al 25,89 % del Salario Mínimo Nacional, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de UN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO.....