JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, veinte (20) de Septiembre de 2011. Años 201º y 152º.- Recibido de la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos, constante de un (01) folio útil y en veinticuatro (24) folios sus anexos. Fórmese expediente y numérese. Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que la ciudadana CARMEN GHYSSELLE OCANDO DE POOL, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 7.875.063, domiciliada en el Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, debidamente asistida por el abogado en ejercicio PABLO OCHOA APARICIO, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 140.655, solicita se le declare suficientes los derechos que tienen ella, su madre, ciudadana ESTHELA HAYDEE DE POOL DE OCANDO, venezolana, mayor de edad.....