EL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR la actividad recursiva ejercida por la Profesional del Derecho Mónica Laguna Quintero, en su carácter de Apoderada Judicial del Ciudadano JAM JOSE KHLAID DIAZ en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, actuando como Primera Instancia en sede de Amparo, en fecha 10 de Juni
• Queda Confirmada la decisión apelada.
• No se condena en costas procesales, dada la naturaleza del fallo.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimien.....