III
DECISIÓN
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudencial y doctrinarios Ut Supra referido, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRSCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA con motivo de LIQUIDACIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL seguido por la ciudadana MARÍA ANA LÓPEZ JIMENEZ en contra del ciudadano WILFREDO ALEXIS JIMENEZ CRUEL, ambos plenamente identificados en actas.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE, incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, así como en la página www.zulia.scc.org.ve, deje copia por Secretaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, sellada y.....