este Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en estricta observancia con lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), acuerda: 1) REPONER, la presente causa, al estado en que sea librado nuevo cartel de notificación a la parte demandada, una vez que la parte accionante, indique con mayores precisiones, es decir, la dirección correcta, donde ha de recaer a ciencia cierta dicha notificación, por lo que se les insta a aportar la misma a los fines legales consecuentes y de igual manera debe contener la exposición del alguacil encargado de practicar la notificación en comento, una descripción amplia, con elementos de convicción fácticos, para la determinación con.....