DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE POR FALTA DE LEGITIMIDAD, la acción de amparo constitucional interpuesta por e Abg. Oriana Mendoza García, quien en su escrito manifiesta actuar en su carácter de Defensora Privada del ciudadano OCTAVIO RAMÓN CHÁVEZ RIERA., por la presunta violación de los derechos y garantías constitucionales, del debido proceso, derecho a la defensa y la libertad personal, consagrados en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la causa principal signada con el N° KP01-P-2012-015837, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 4 de este Circuito Judicial Penal, por haber emitido orden de aprehensión en contra del ciudadano OCTAVIO RAMÓN CHÁVEZ RIERA.
Regístrese la prese.....