PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se HOMOLOGA el desistimiento hecho por la Ciudadana YOJHERVYS JOSE MARTINEZ MUÑOZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 17.151.556 domiciliado en Bachaquero del Estado Zulia , en su carácter de parte codemandante, del procedimiento que inició esta causa en contra de la empresa FERROSTAAL PROCON DE VENEZUELA,C.A. , por motivo de Cobro de Diferencias de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.
SEGUNDO: Se le imparte el carácter de Cosa Juzgada a dicho Desistimiento
TERCERO: Se declara Terminado el presente procedimiento en lo que respecta a la Codemandarte Ciudadana YOJHERVYS JOSE MARTINEZ MUÑOZ, Venezolana, mayo.....