Por los fundamentos expuestos esta Sala de Juicio Unipersonal Nº 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CON LUGAR la solicitud de Autorización Judicial para Viajar, incoado por el ciudadano Víctor Manuel Figueroa, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.463.421, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana Elides Guedez, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 9.250.477, de igual domicilio, en beneficio de los niños y/o adolescentes Víctor Manuel y Pedro Elias Figueroa Guedez. En consecuencia este Juzgado procede a conceder la presente autorización en los siguientes términos: