DISPOSITIVO DEL FALLO
En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) INCOMPETENTE POR LA MATERIA: Sobre la demanda presentada por el ciudadano EMORY CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.297.413, asistido por la abogado GLACIRA FRANCO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 103.433, de este domicilio en contra de la S.M. HANOVER VENEZUELA S.A., antes HANOVER PGN COMPRESOR, S.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 17 de julio de 1990, bajo el N° 40, tomo 21-A-Pro, con domicilio principal en la ciudad de Maturín del Estado Monagas, según inscripción realizada ante el Registro Mercantil de la Circunscri.....