PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por el Profesional del Derecho CARLOS JAVIER TREJO MORONTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 119.282, actuando como Abogado de defensor del ciudadano WILLIMAY JEFREY REVILLA MEDINA.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 222-17, dictada en fecha 01 de Marzo de 2017, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 442 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión del artículo 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vide Libre de Violencia.