DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Niega la admisión de la acción de COBRO DE BOLIVARES por el Procedimiento Breve formulada por la Sociedad Mercantil MERCANTIL, C.A. (BANCO UNIVERSAL), Rif N° J-00002961-0, con domicilio en Caracas, originalmente inscrito en el Registro de Comercio que llevo el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el 03 de Abril de 1925, bajo el N° 123 y cuyos actuales Estatutos Sociales, constan de asiento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito capital y Estado Bolivariano de Miranda, el 28 de Septiembre de 2011, bajo el N° 46, Tomo 203-A, representado por el Abogado en ejercicio VALENTIN RISSON SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Numero 10.294 en cont.....