DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha Veinte (20) de Junio de 2013 por ante este Tribunal, por los ciudadanos: NIMIA JOSEFINA TALAVERA LAGUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.603.680, domiciliada en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, asistida por el abogado en ejercicio OSCAR SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 152.335; y FRANCISCO JAVIER ANDRADE ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.498.188, domiciliado en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, asistido por el Abogado en Ejercicio EDGARDO LEAL TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 40.650, en beneficio de los hijos de ambos, los niños y/o adolescentes: (Se omiten de conformidad a lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación ob.....