Se Examina y Revisa la medida cautelar, conforme a los artículos 548, 537 de la Ley orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, relacionado con el 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declarándose sin lugar la solicitud de la Defensa Privada y ratifica el mantenimiento de la medida Cautelar de Detención Preventiva Judicial prevista en el artículo 559 de la ley en comento para asegura la comparecencia a la Audiencia Preliminar del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO