DISPOSITIVO
Por lo razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ordena lo siguiente:
PRIMERO: se declara INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA MATERIA, para seguir conociendo de la acción que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue la Abogada en Ejercicio MARIA ANTONIETTA VILCHEZ OLIVARES, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.178.414, inscrita en el inpreabogado con el Nro. 108.169 y domiciliada en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de la ciudadana BEATRIZ GUADALUPE URDANETA TAVERA, venezolana, mayor de edad, licenciada en Relaciones Industriales, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.506.705, domiciliada en el Municipio Colón del estado Zulia.
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA, para conocer sobre la presente controversia a cualquier Juzgado Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circuns.....