En lo que respecta a lo alegado por la demandante, cuando solicita se decrete medida de embrago sobre el sueldo, vacaciones, utilidades del abuelo paterno de sus hijos, ciudadano William José Briceño García, y se le fije pensión de manutención mensual, es menester para esta juzgadora hacer las siguientes consideraciones: No puede este despacho proceder a lo solicitado ya que el referido ciudadano no es parte en la presente causa, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela no pueden violarse a éste el derecho a un debido proceso y el derecho a la defensa. En este sentido La Sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha establecido lo siguiente:
"el derecho al debido proceso consagrado en el artículo 49 de la Constitución a favor de todos los habitantes de la república, comprende el derecho de defenderse ante los órganos competentes, que serán los tribunales o los órganos administrativos, según el c.....