Este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, visto el pedimento formulado por las partes en este acto, provee de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, se ABSTIENE de practicar la Medida Preventiva de Embargo para cuya ejecución fuere comisionado, y ordena la remisión de la presente comisión al Juzgado de la causa a los fines legales pertinentes. El Tribunal hace constar que no ha exigido ni recibido pago alguno, emolumentos, tasas ni dadivas