Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley resuelve:
¿ Se REPONE LA CAUSA AL ESTADO QUE LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL CUMPLA CON LA FIJACION DEL CARTEL DE CITACION ORDENADO Y PUBLICADO, EN EL DOMICILIO, MORADA U OFICINA DEL DEMANDADO Y DEJE EXPRESA CONSTANCIA DEL CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS FORMALIDADES INHERENTES AL CASO COMFORME LO ORDENA EL ARTICULO 223 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, en el presente juicio de NULIDAD DE VENTA seguido por el ciudadano MIGUEL ANGEL FERRER MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 11.296.301 con domicilio en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del estado Zulia, asistido del abogado Wolfang Alexander Rodríguez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 42.921, en contra del ciudadano WI.....