Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana UBOLINA MARTINEZ DE CONTRERAS, en contra del ciudadano CARLOS SEGUNDO PADILLA PIRELA ambos plenamente identificados en actas, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, y en consecuencia se ordena a la parte demandada al pago de la cantidad de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 4.600.000,oo), más la cantidad que resulte de la indexación ordenada en el cuerpo de este fallo.
Se condena en costas a la parte demanda de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida en juicio.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.