EL FALLO
Por los fundamentos expuestos, y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• INADMISIBLE, la demanda de Retrato Legal Arrendaticio interpuesta por el ciudadano FRANCISCO JOSE SILVA TORRES, contra los ciudadanos JUANA RAMONA MEDINA MAVAREZ y ADOLFO RAMON MEDINA MAVAREZ, todos identificados, por no haber agotado los actores la vía administrativa para la interposición de la presente demanda conforme a lo dispuesto artículos 94, 95 y 96 de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, y el artículo 10 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas. Lo anterior, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil.
• Queda en.....