Por los fundamentos expuestos éste TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Homologa el convenimiento efectuado entre los ciudadanos JESUS EFRAIN OSORIO PARRA y DORELVA MARÍA BARRETO RODRIGUEZ, en beneficio de las adolescentes GIULIANA CAROLINA y YUVEILY DANIELA OSORIO BARRETO, y en aras de su interés superior, tal y como lo establece el artículo 8 Ejusdem, lo pasa en autoridad de cosa Juzgada. Archívese el presente expediente y suspéndase la medida de embargo que pesa sobre los conceptos laborales del obligado de manutención. Así mismo, se ordena la apertura de una cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario una vez que se reactive la actividad de los fondos de terceros, a nombre de la progenitora, cuenta que no podrá ser movilizada sin la firma conjunta del Juez y la Secretaria.