Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1.- LA CONFESIÓN FICTA de las ciudadanas YESLANY URDANETA CALDERON, EMIS CHIQUINQUIRÁ URDANETA GODOY y ELMAIDA DEL CARMEN GONZALEZ FERNANDEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. 2.686.858, 10.428.235 y 9.717.628 y domiciliadas en la Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
2.- CON LUGAR la demanda de PARTICIÓN DE COMUNIDAD ORDINARIA intentada por las abogadas LUZ DARY VIVARES y AIDA BAPTISTA, en su caracteres de apoderadas judiciales del ciudadano ERNESTO ALONSO URDANETA RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.063.294 y domiciliado en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia; contra las ciudadanas YESLANY URDANETA CALDERON, EMIS C.....