El Tribunal realizó Cómputo con acumulación de penas de la siguiente manera: El penado: ERNESTO JOSE FAJARDO JULIO, INDOCUMENTADO, fue condenado en fecha 22-03-2010, mediante sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, cometido en perjuicio de LA FE PUBLICA, así mismo se observa que el penado fue condenado en fecha 15-05-2008, según sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 Ordinales 1°, 2° y 3° de la Ley Sobre el Hurto y Ro.....