DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por la ciudadana abogada SOFÍA BELÉN ALARCÓN DE BOSCÁN, actuando con el carácter de defensora privada del adolescente (se omite la identificación de conformidad con lo previsto en el artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en contra de la decisión N° 152-10, dictada en fecha 22 de abril de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, sólo en cuanto al motivo de apelación, referido al decreto de la medida cautelar de prisión preventiva dictada en contra del mencionado imputado, en atención a lo establecido en el artículo 608 l.....