¿ SIN LUGAR la actividad recursiva ejercida por la profesional del derecho MAIRA PARRA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, la Sociedad Mercantil DICON, C.A., ya identificada, contra la sentencia dictada por la a quo, en fecha 5 de febrero de 2010 y, en virtud de tal circunstancia,
¿ Que el Tribunal competente para conocer del presente asunto es un Juzgado de Primera Instancia, con competencia material, de la Circunscripción Judicial en la cual tiene su domicilio la demandada, es decir, "...Avenida Abraham Lincoln, edificio Centrum, piso 6, oficina 6-B, Urbanización sabana Grande, Caracas-Venezuela, ...".
¿ ORDENA remitir mediante oficio al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, copia certificada de la presente decisión y, una vez conste en actas el recibo del respectivo oficio se remitirá el expediente a la Unidad Receptora de Documento de la Circun.....