III.- DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
Consumado el acto procesal de esta transacción, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue INVERSIONES DEXSY, C.A., contra INVERSIONES EL GRAN TOY, C.A.,, identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo e impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- ASÍ SE RESUELVE.-
Obraron como apoderados judiciales de la parte actora reconvenida, los abogados en ejercicio ARMANDO JOSÉ MONTIEL MARQUEZ y VIOLETA JOSEFINA MONTIEL MARQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.46.16.....