DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición realizada por la abogada LIANETTE GOMEZ URDANETA, en representación de la República.
SEGUNDO: Se deja sin efecto la medida decretada en fecha 06 de febrero de 2009, en virtud de que la protección cautelar que este Juzgado decreto en fecha 06 de febrero de 2009 se extendía hasta el 21 de abril de 2009, fecha en la cual se cumple un (1) año después del parto, como consecuencia del cese de la inamovilidad de la cual gozaba el recurrente.