Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara formalmente ejecutado el decreto de AMPARO A LA POSESION EJERCIDA POR LA QUERRELANTE, ciudadano VICTOR MANUEL FRANCO LOBO, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad No. 682.738, sobre el inmueble conformado por un terreno con una superficie aproximada de UN MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UNO (1.819,31 Mts.2), y una casa sobre el construida, sin nomenclatura municipal visible, correspondiéndole el No. 15B-87, ubicado en el Sector Puntica de Piedra, Barrio El Manzanillo, avenida 5 con calle 16, Jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia; cuyos linderos son: NORTE: Linda con propiedad que es o fue de ISRAEL SEGUNDO.....